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Proyecto de legalización de la Eutanasia en Colombia

Gaceta del Congreso 402

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 05 de 2007 Senado.

Bogotá, D. C., 21 de agosto de 2007

Doctor

JUAN CARLOS VELEZ URIBE

Presidente Comisión Primera Constitucional

Senado de la República

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento a la Ley 5ª de 1992, y por encargo que me hiciera la Mesa Directiva de esta Comisión, paso a rendir ponencia para primer debate en el Senado al Proyecto de ley número 05 de 2007 Senado, por la cual se reglamentan las prácticas de la eutanasia y la asistencia al suicidio en Colombia y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

I. ANTECEDENTES

En uso de la iniciativa legislativa señalada en el artículo 140 de la Ley 5ª de 1992, los Senadores Gina María Parody D’echeona y Armando Benedetti Villaneda radicaron el Proyecto de ley número 05 de 2007 Senado.

La Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente designó como ponente al Senador Armando Benedetti Villaneda.

II. OBJETO DEL PROYECTO

El proyecto tiene como objeto reglamentar integral y rigurosamente la forma en que se atenderán las solicitudes de los pacientes sobre la terminación de su vida en condiciones dignas y humanas; los procedimientos necesarios para tal fin y la práctica de la eutanasia y la asistencia al suicidio, por los respectivos médicos tratantes; así como, establecer los mecanismos que permitan controlar y evaluar la correcta realización de la eutanasia y el suicidio asistido, atendiendo al deber del Estado de proteger la vida.

III. CONSIDERACIONES

En 1948 los Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU), decidieron expedir un catálogo de derechos y garantías de los seres humanos predicables en su condición de tal, con vocación universal, aplicables en todo tiempo y lugar.

Este texto fue llamado Declaración Universal de los Derechos Humanos, desde su Preámbulo se determinan las consideraciones y finalidades que llevaron a su existencia, tales como:

“Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la consciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias…”

El primer artículo de la precitada Carta enuncia: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Es observable que las naciones acordaron un nuevo entendimiento del hombre y su esencia, consistente en anunciar en múltiples ocasiones la visión humana como ser digno, y por ende, autónomo.

Los conceptos entrelazados de dignidad y autonomía son apropiadamente explicados por el profesor Francisco Cortés Rodas, en su obra de La Política de la Libertad a La Política de la Igualdad, en los siguientes términos:

“En el primer nivel de autonomía al hacerse consciente el hombre de que como ser racional no está determinado para sus acciones por fuerzas e impulsos provenientes de su naturaleza sensible, descubre en sí la causa primera a partir de la cual es posible conformar un orden para interactuar, distinto del reino natural.

(…)

En el segundo nivel de la autonomía al tomar consciencia el hombre de que como ser racional no puede estar determinado en sus acciones por una normatividad de la cual no ha sido colegislador, encuentra en sí, en forma similar al nivel anterior, la causa primera a partir de la cual es posible conformar el orden práctico (moral, jurídico y político). A partir de esto se establecen las bases desde las cuales se pueden cuestionar los fundamentos teóricos de concepciones políticas y filosóficas en las que el hombre es objeto del poder y del dominio de otros hombres. La idea de autonomía cumple en este segundo nivel otro propósito: mostrar que el hombre forma su personalidad sólo si es considerado por los otros como un fin en sí mismo, es decir, si le es reconocida y respetada su dignidad y si no es utilizado como medio o instrumentalizado.

El tercer nivel de la autonomía presupone atender las condiciones sociales y económicas necesarias para el desarrollo de las capacidades y habilidades de los sujetos…”

Los tres niveles de autonomía y dignidad afirman que sólo es dable considerar que se le reconoce al hombre su concepto de tal cuando se admite que este es más que una existencia puramente corpórea o natural, que siguiendo los términos Kantianos de mayoría de edad puede dirigir sus destinos sin la presencia de fuerzas extrañas de las cuales no ha sido co-creador, que la comunidad le brinda además condiciones mínimas en las que puedan florecer y desarrollarsen todas sus potencialidades.

El Constituyente Primario no fue ajeno a la visión mundial del hombre como ser digno, así que definió a Colombia como Estado Social de Derecho, fundado sobre el respeto a la dignidad humana. Esta determinación del pacto constitucional consistente en que se conceptuara que la dignidad humana se convertía en la estructura básica sobre la que se edifica el andamiaje normativo del Estado, tiene importancia máxima en la creación y aplicación del Derecho.

Esto quiero decir que en todos los estadios de creación jurídica inferiores al poder constituyente primigenio, habrá de tenerse en cuenta esta disposición, así es que al constituyente derivado, al legislador, al funcionario judicial y administrativo en todas sus decisiones le es exigible atender al concepto constitucional de dignidad humana.

El papel del concepto de dignidad humana ha sido examinado por la Corte Constitucional, Sentencia C- 355 de 2006, en los siguientes términos:

“…Desde estos diversos planos la dignidad humana juega un papel conformador del ordenamiento jurídico. En relación con el plano valorativo o axiológico, esta Corporación ha sostenido reiteradamente que la dignidad humana es el principio fundante del ordenamiento jurídico y constituye el presupuesto esencial de la consagración y efectividad de todo el sistema de derechos y garantías de la Constitución. Así mismo ha sostenido, que la dignidad humana constituye la base axiológica de la Carta, de la cual se derivan derechos fundamentales de las personas naturales, fundamento y pilar ético del ordenamiento jurídico. De esta múltiple caracterización ha deducido la Corte Constitucional que “la dignidad humana caracteriza de manera definitoria al Estado colombiano como conjunto de instituciones jurídicas”.

Frente al concepto de Dignidad Humana, ha expresado el Tribunal Constitucional Colombiano:

“…La Carta Política reconoce el derecho inalienable de todo ser humano a la dignidad, entendida como autonomía o posibilidad de diseñar un plan y de determinarse según sus características –“vivir como quiera”–, al punto de constituirse en el pilar esencial en la relación “Estado-Persona privada de la libertad, de acuerdo con el artículo 5° de la Constitución Política, los tratados internacionales y la jurisprudencia constitucional…”[1][23] (subrayado no original)

La dignidad humana está íntimamente relacionada con el derecho fundamental a la autonomía personal, tal referencia se ciñe al entender que el hombre es un fin en sí mismo, es decir, no es un medio para realizar los ideales de los demás, por muy loables o heroicos que estos sean.

La capacidad para autodireccionar la existencia propia, implica un deber de acompañamiento del Estado, si así lo desea el ciudadano, o contrario sensu, la obligación de abstenerse, en este caso debe el Estado respetar el núcleo esencial decisional de los ciudadanos.

Por tal motivo, se entiende que es una garantía inalienable que las personas resuelvan sus asuntos conforme lo inspiren sus propias creencias y convicciones, claro está dentro de los límites que imponen el orden jurídico y los d erechos de los demás.

El proyecto sub examine dista de apoyar una “cultura de la muerte”, tal como lo consideró la Conferencia Episcopal de Colombia, en la audiencia celebrada el 27 de marzo de 2007, por la Comisión Primera del Senado de la República, durante la discusión del Proyecto de Ley Estatuaría No. 100 de 2006 Senado, contrario sensu, el proyecto busca seguir cimentando la “cultura de la dignidad”, como se ha plurienuciado, en la que se comprenda que el hombre no es una cosa al servicio de determinada concepción moral, religiosa o filosófica; ni un instrumento para probar alguna visión naturalística, sino un ser capaz de tomar las decisiones más trascendentales acerca de su existencia.

La práctica de la eutanasia o el suicidio asistido que por medio de este proyecto de ley se reglamenta no se convierte en obligatoria o imperativa, sino que en cumplimiento de esa “cultura de la dignidad”, deja al arbitrio de los colombianos decidir si luego de cumplir los estrictos parámetros allí descritos, solicitan su aplicación.

Siendo Colombia un Estado Pluralista (C. P., artículo 1°), los asociados perfectamente pueden esgrimir razones expresadas por los intervinientes en la audiencia del 27 de marzo de 2007, para no someterse a la eutanasia, así:

Dijo la Conferencia Episcopal Colombiana:

“…Quienes creemos en un Dios personal, que no solo ha creado al hombre sino que ama a cada hombre o mujer en particular y le espera para un destino eterno de felicidad (…) La eutanasia es así un grave pecado que atenta contra el hombre, y por tanto contra Dios…”.

Expresó el Centro Cultural Islámico-Colombia:

“Dios envío un guía y unas leyes divinas y humanas para el hombre desde el profeta Adán hasta el profeta Mohammad (Mahoma) donde la vida es el don más preciado. El sagrado Corán que es la constitución espiritual, social y política de una cuarta parte de la humanidad, manifiesta enfáticamente:

El hombre no se ha la dado vida (sic), la vida se la ha dado Alá, el Creador. Alá proporciona amor y nutrición cuidadosa a toda la existencia en el Universo (incluso los seres humanos) momento a momento y da ventura para el desarrollo pleno…”.

Tales son argumentos respetables y creíbles, para quien por su fuero interno y concepción del bien le repele la práctica de la eutanasia, sin embargo, estas no son razones válidas y menos constitucionales para negarle a quien fundamentado en otra cosmovisión y basado en las circunstancias en que se encuentra, considera que su estado físico es lo suficiente y enormemente doloroso como para prescindir de su existencia.

Conforme los anteriores considerandos se propondrá dar primer debate al Proyecto de ley número 05 de 2007 Senado, por la cual se reglamentan las prácticas de la eutanasia y la asistencia al suicidio en Colombia y se dictan otras disposiciones, tal como fue presentado el proyecto original.

IV. PROPOSICION

Solicito a los miembros de la Comisión Primera del Senado de la República dar primer debate al Proyecto de ley número 05 de 2007 Senado, por la cual se reglamentan las prácticas de la eutanasia y la asistencia al suicidio en Colombia y se dictan otras disposiciones, tal como fue presentado el proyecto original.

De los honorables Congresistas,

Armando Alberto Benedetti Villaneda,

Senador de la República, Ponente.

El Último Soberano

Juan Clímaco Hernández

El último soberano de los chibchas fue Aquiminzaque. Su vida está dividida. una parte es de la prehistoria de Hunza, del olvido; otra es recordada por la historia de Tunja a raíz de su descubrimiento y de su fundación. Una figu­ra joven, seria, altiva y orgullosa. Hunza lo vio nacer, arrulló sus sueños de grandeza y presen­ció su muerte violenta.

Muerto Quemenchatocha, le sucedió Aqui­minzaque, su sobrino: no en el poder ni el tro­no que ya le habían sido arrebatados, sino en la dignidad y el respeto, aceptados no solamen­te por sus súbditos, sino también por los con­quistadores, quienes temían que si el pueblo no sentía la suprema autoridad de su soberano, podría rebelarse y acabar con algo que ellos mismos sabían era débil, frágil y muy contin­gente. El joven soberano, de carácter suave, in­teligente, sagaz como todos los de su raza., se prestó facilmente a escuchar y a estudiar las nuevas doctrinas religiosas traídas por el inva­sor. Y no era difícil que las comprendiera a ma­ravilla, dada la estructura ideológica de las disciplinas a las cuales había sido sometido por su educación desde niño. Pudo vacilar en mu­chas ocasiones al escuchar misterios y revela­ciones extrañas; pero siempre calló, demostra­ba aceptarlo todo.

La vida se deslizaba así quieta y sin compli­caciones; a su palacio acudían súbditos y con­quistadores, los unos para recibir órdenes, los otros para espiar y también para iniciar la edu­cación de aquel catecúmeno excepcional.

El pueblo no miraba con buenos ojos el he­cho de que el joven monarca no hubiera bus­cado mujer, no por la sucesión, que de acuerdo con las leyes estaba previsto no heredaría el hijo del Zaque, sino el sobrino; pero sí por el respeto y la comodidad del mismo soberano. Era necesario concertar un matrimonio, y con­sultado Aquiminzaque aceptó.

Los grandes del reino se dieron a buscar una mujer que le diera no solamente placer y amor, sino que trajera consigo lo que tanta falta le hacía al imperio: la fuerza. Y concertaron la unión con la hija del cacique más fuerte, más valeroso, el que todavía luchaba contra el con­quistador y no había cedido en nada ante los nuevos hombres, el cacique Tundama.

Pronto se hizo pública la noticia del matri­monio del joven soberano. Todos los súbditos se apresuraron con los preparativos para la fies­ta, y la ciudad, antes tranquila, se vio invadida por comisiones, delegaciones, enviadas por to­das las comarcas, para arreglar con la suntuo­sidad acostumbrada las bodas del soberano.

La situación de los conquistadores por ese entonces, no era halagadora: veníanse dispu­tando el mando de la región descubierta por don Gonzalo Jiménez de Quesada; las insurrec­ciones de Sutas, Muzos, Motilones, Sobayaes, Panches, mantenían en perpetua zozobra las es­casas fuerzas de las cuales podía disponer don Hernán Pérez de Quesada, jefe supremo de las tierras conquistadas por su hermano. Una nue­va insurrección en Tunja que moviera a los naturales de todos los cacicazgos dependientes de Aquiminzaque, vendría a ser un peligro muy grave para el sostenimiento y vida de los con­quistadores.

El movimiento de caciques interesados con las bodas del soberano seguía; y tal agitación no era para ser vista con descuido por aquellos que veían su propia vida amenazada. Se dieron, pues, a investigar el significado de tanto alarde de alegría, y si unos aceptaron como muy na­tural este regocijo, otros insistieron en ver co­natos de un enorme levantamiento, que se ex­tendía desde Bogotá hasta Pamplona, es decir, la destrucción completa de la invasión española.

Don Hernán también discutía y aceptaba lo que unas veces le parecía algo inocente siempre, lo relacionado con las bodas de Aquiminzaque; pero otras, dudaba y disponía castigos con el fin de amedrentar. Muchas veces se arrepentía y de nuevo entraba en discusión con sus capi­tanes y soldados. Estos estaban divididos: los soldados de Belalcázar y Federmán, casi todos en Tunja, venidos del Perú, mirados con des­afecto por los soldados de Quesada, muchos sin repartimiento alguno; insistían en obrar contra Aquiminzaque y sus caciques. Los soldados de Quesada, defendían la vida del joven soberano y alegaban en su favor la inocencia, la senci­llez, la quietud, la indiferencia de ese joven por cuanto pasaba, no solamente en la ciudad, sino en todo el imperio.

Triunfaron los soldados venidos con Belal­cázar y Federmán, y se decidió castigar por me­dio ejemplarísimo al soberano y a los caciques que habían llegado ya a la ciudad en espera del día de las bodas. El castigo debía ser de tal naturaleza, que escarmentara el pueblo entero para que no insistiese en nuevos levantamien­tos. Y se decretó la decapitación de Aquiminzaque. Recibió a los mensajeros tranquilo; escu­chó la sentencia, más tranquilo todavía, y con­testó como podía contestar un digno soberano de Quemenchatocha y el último soberano de un pueblo dominado por la fuerza, pero nunca so­metido, ni cobarde, ni falto de dignidad, de orgullo e inteligencia. “Di a vuestro general, que le debo el gran favor de quitarme de una vez y para siempre una vida que diariamente me quitaba; y puesto que me hice cristiano, al borrarme el poder temporal, no apresure tanto la muerte, ya que lo eterno nunca podrá robár­melo”. Y con una sonrisa de ironía despidió a los enviados que le traían la buena nueva de su muerte. Al día siguiente en la plaza de Tun­ja, en presencia de todo el pueblo, fueron deca­pitados Aquiminzaque, soberano último del im­perio chibcha, y los caciques de Toca, Motavita, Samacá, Turmequé, Suta. A otros caciques se les dio tormento.

El pueblo calló. Los cronistas de las conquis­tas anotan con admiración ese silencio. Piedra­hita dice que fue debido a que “hay dolores que se recatan en los labios, porque solamente ca­ben en los dilatados espacios del corazón, don­de así entorpecen los conductos que dan paso al dolor, que ni respiran para la queja, ni se alientan para el sollozo”.

Así murió el último soberano de Hunza, el joven Aquiminzaque. Su figura no es inferior a ninguna de los grandes soberanos americanos, que supieron protestar, con lo único que podían protestar contra la crueldad y la barbarie de la conquista: con la protesta airada y valerosa como la de su compañero ecuatoriano, Chal­cuchimac, quien, instado antes de entrar en la hoguera a aceptar las doctrinas del ca­tolicismo, contestó: “No comprendo”, e inme­diatamente dio orden a sus vasallos para que avivaran la hoguera en la cual entró volunta­riamente, sereno, digno, después, eso sí, de ele­var al cielo una oración a su dios Pachacamac. Aquiminzaque marcha también a la muerte, después de afirmar: “Sí comprendo”, y envol­viendo su confesión en la más fina y cruel iro­nía: “voy a un lugar donde el hombre nuevo nada puede robarme, voy a la eternidad”. Y con serenidad tal fue a la muerte que los cronistas dicen, “recibió el castigo con tal ánimo que más parecía diligencia de su cuidado”.

Fue la última chispa de una vida, la última vida de un imperio, cuya historia olvidada has­ta ayer, inicia su resurrección de gloria y de grandeza, para ocupar allí el puesto que merece.

Proyecto de ley de alternatividad penal

CAPITULO I

Definiciones

Artículo 1º. Definiciones. Para los efectos de la presente ley, el siguiente será el sentido de los términos que en ella se utilizan:

Víctima

Se entiende por víctima toda persona que individual o colectivamente haya sufrido algún daño, o cualquier otro perjuicio social como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan violación de la ley penal en el marco del conflicto armado.

Igualmente es víctima el familiar o persona a cargo que tenga relación directa con la víctima, así como la persona que haya sufrido daño al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir el hecho causante del daño.

La condición de víctima se tiene con independencia de que se identifique, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta y sin consideración de la relación familiar entre este y la víctima.

Reparación

Se entiende por reparación la compensación de las consecuencias del hecho a través de una prestación a cargo del autor, realizada a favor de la víctima por los mecanismos establecidos en la presente ley.

Reparación simbólica

Se entiende por reparación simbólica la compensación de las consecuencias del hecho a través de una prestación realizada a favor de la comunidad afectada por el conflicto armado, o de la sociedad en general, cuando la prestación a favor de la víctima no fuera posible, no pudiera preverse un buen resultado o por sí sola no fuera suficiente.

CAPITULO II

Mecanismos procesales

  1. De la suspensión condicional de la pena

Artículo 2º. Suspensión condicional de la ejecución de la pena para miembros de Grupos Armados Organizados al Margen de la ley cuando se encuentre comprometida la paz nacional. Cuando estén de por medio los intereses de la paz nacional, el juez deberá conceder la suspensión de la pena impuesta por sentencia ejecutoriada, previa solicitud exclusiva y discrecional del Presidente de la República, siempre que concurran los siguientes requisitos:

  1. Que la pena impuesta sea privativa de la libertad.
  2. Que se trate de persona perteneciente a un Grupo Armado Organizado al Margen de la ley que haya declarado un cese de hostilidades y participe activamente en un proceso de paz.
  3. Que el condenado haya hecho expreso su compromiso de no cometer en adelante delito doloso.
  4. Que el condenado se comprometa a ejecutar actos que contribuyan efectivamente a la reparación de las víctimas, la superación del conflicto y el logro de la paz, de conformidad con la presente ley.
  5. Que el condenado se comprometa a no salir del país sin previa autorización judicial.
  6. Que el condenado se comprometa a informar todo cambio de residencia.
  7. Que el condenado se comprometa a comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la sentencia, cuando fuere requerido para ello.

Parágrafo 1º. Lo previsto en esta disposición se hará extensivo, en las mismas condiciones, a miembros de los Grupos Armados Organizados al margen de la ley que abandonen individual y voluntariamente las armas.

Parágrafo 2º. La suspensión condicional de la pena se aplicará también a personas que hayan participado directamente en las hostilidades y se acojan a sentencia anticipada, o hagan confesión de sus delitos, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Penal.

Parágrafo 3º. La suspensión a que hace referencia el presente artículo se concederá bajo supervisión por un período de prueba entre uno (1) y cinco (5) años y comprenderá única y exclusivamente los delitos que hayan sido juzgados o hayan sido objeto de sentencia anticipada.

La supervisión será ejercida por el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad, con apoyo en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, organismo que adoptará todas las medidas que se consideren necesarias para verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas (entre otros, un sistema de visitas periódicas a la residencia del penado para verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas, de lo cual informará al despacho judicial respectivo y a la Comisión de Verificación de que trata el artículo 8º).

El juez de ejecución de penas rendirá un informe mensual a la Comisión de Verificación sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones impuestas.

  1. Prórroga del beneficio, revocatoria y libertad definitiva.

Artículo 3º. Prórroga del beneficio. Vencido el término de la supervisión, la suspensión condicional de la ejecución de la pena se renovará de manera automática y el juez la concederá en forma definitiva, siempre que concurran los siguientes requisitos:

  1. Que durante el período de prueba el condenado haya cumplido los compromisos de informar todo cambio de residencia, no salir del país sin autorización judicial y comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de las obligaciones, cuando fuere requerido para ello.
  2. Que durante el período de prueba el condenado no haya cometido delito doloso.
  3. Que durante el período de prueba el condenado haya ejecutado actos que contribuyan efectivamente a la reparación de las víctimas, la superación del conflicto y el logro de la paz.

Se considerará que el condenado ha cumplido los anteriores requisitos cuando así lo certifique la Comisión de Verificación, previo el informe respectivo del Juez.

Artículo 4º. Revocatoria. Si durante el período de prueba, el condenado cometiere delito doloso o incumpliere cualquiera de las obligaciones a su cargo, se revocará la suspensión de la ejecución de la pena y se hará efectiva la totalidad de la pena privativa de la libertad.

Se considerará que el condenado ha incumplido las obligaciones a su cargo cuando así lo certifique la Comisión de Verificación, previo el informe respectivo del Juez.

Artículo 5º. Libertad definitiva. Pasados cinco años de concedido el beneficio de suspensión condicional de la pena, el juez podrá otorgar la libertad definitiva al condenado que haya cumplido, de acuerdo con la Comisión de Verificación, las obligaciones a su cargo y en especial la ejecución de los actos de reparación en los términos del artículo 6º de la presente ley.

Se considerará que el condenado ha cumplido las obligaciones a su cargo cuando así lo certifique la Comisión de Verificación, previo el informe correspondiente del juez.

3. Mecanismos de reparación de las víctimas y otras disposiciones

Artículo 6º. Mecanismos de reparación a las víctimas, superación del conflicto armado o consecución de la paz. Para los efectos de la presente ley, además de la dejación de las armas, del compromiso expreso de no regresar a las filas, y del cumplimiento de una pena alternativa a la prisión, requisitos que deben concurrir en todos los casos, se entiende como acto que contribuye a la reparación de las víctimas, a la superación del conflicto o a la consecución de la paz nacional, sin perjuicio de la indemnización a que haya lugar, cualquiera de los siguientes:

  1. a) La reparación a las víctimas, de conformidad con los mecanismos establecidos en la ley;
  2. b) La realización de trabajo social a favor de la recuperación de las víctimas;
  3. c) La colaboración activa y efectiva con instituciones que se dediquen al trabajo social por la recuperación de las víctimas;
  4. d) El aporte de bienes a instituciones que se dediquen al trabajo social por la recuperación de las víctimas;
  5. e) La entrega de bienes al Estado para la reparación de las víctimas. Para este efecto créase el Fondo de Reparación. El Gobierno Nacional reglamentará la organización y funciones del Fondo;
  6. f) La manifestación pública de arrepentimiento;
  7. h) La colaboración eficaz al esclarecimiento de los hechos ocurridos con ocasión del conflicto;
  8. i) El aporte de información que contribuya eficazmente a la desarticulación de grupos organizados al margen de la ley.

Parágrafo 1º. La imposición de cualquiera de las obligaciones anteriores se hará teniendo en cuenta la situación de las víctimas, las calidades personales del condenado, su aporte a la superación del conflicto armado o la consecución de la paz y la gravedad de los hechos por los cuales fue condenado.

Artículo 7º. Acta de Compromiso. Para los efectos a que se refieren los artículos anteriores, el beneficiario deberá suscribir un acta de compromiso como condición para la suspensión de la ejecución de la pena. Firmada el acta de compromiso, el juez la concederá de plano.

Artículo 8º. Comisión de Verificación. Para efectos de la aplicación de la presente ley, el Gobierno Nacional conformará una Comisión de Verificación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por las personas beneficiarias.

El incumplimiento de cualquiera de los compromisos que condicionan la suspensión de la ejecución de la pena, dará lugar a la revocatoria inmediata y automática de las medidas de que trata la presente ley.

Parágrafo 1º. El Presidente de la República queda facultado para determinar la integración, estructura y funcionamiento de la Comisión de Verificación.

Artículo 9º. Funciones de la Comisión de Verificación. Además de las que les asigne el Gobierno Nacional, la Comisión de Verificación tendrá las siguientes funciones:

  1. Con el fin de garantizar el derecho de las víctimas a la verdad y preservar del olvido la memoria colectiva, organizar, sistematizar y conservar los archivos de los hechos y circunstancias relacionados con las conductas de los beneficiarios de cualquiera de las medidas de que trata la presente ley.
  2. Solicitar a los órganos de investigación, servicios de int eligencia y a los despachos judiciales la información relativa a las conductas de los destinatarios de la presente ley, con el fin de preservar del olvido la memoria colectiva y ejercer el control sobre el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se haya otorgado la correspondiente medida.
  3. Solicitar la asistencia y cooperación de las autoridades de policía cuando resulte procedente y necesaria para la verificación de las obligaciones del destinatario de la medida.
  4. Garantizar el acceso público a los archivos de los casos que lleguen a su conocimiento.

Artículo 10. Competencia. Del otorgamiento de las medidas a que se refiere la presente ley conocerán en forma privativa los jueces penales del circuito especializados.

CAPITULO III

Penas alternativas a la prisión

Artículo 11. Penas alternativas a la prisión. Para los efectos exclusivos de la presente ley, son penas alternativas a la prisión:

  1. a) La inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas;
  2. b) La inhabilitación para el acceso a cargos de elección popular;
  3. c) La prohibición del derecho a la tenencia y/o porte de armas;
  4. d) La privación del derecho a residir en determinados lugares o de acudir a ellos;
  5. e) La expulsión del territorio nacional para los extranjeros;
  6. f) La prohibición de aproximarse a las víctimas o comunicarse con ellas;
  7. g) La restricción geográfica de la libertad.

Artículo 12. Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. La pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas priva al condenado del ejercicio de cualquier función pública, dignidad u honor que confieren las entidades oficiales, hasta por diez (10) años.

Artículo 13. Inhabilitación para el acceso a cargos de elección popular. La pena de inhabilitación para el acceso a cargos de elección popular priva al condenado del derecho a ser elegido, hasta por diez (10) años.

Artículo 14. Prohibición de tenencia y/o porte de armas. La imposición de la pena de privación del derecho a la tenencia y/o porte de arma, inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho, hasta por diez (10) años.

Artículo 15. Privación del derecho a residir o de acudir a determinados lugares. La privación del derecho a residir o de acudir a determinados lugares, impide al penado volver al lugar en que haya cometido la infracción, o a aquél en que residan las víctimas o sus familias si fueren distintos hasta por veinte (20) años.

Artículo 16. Prohibición de aproximarse a las víctimas o comunicarse con ellas. La prohibición de aproximarse a las víctimas o comunicarse con ellas impide al penado establecer con las víctimas, sus familiares o cualquier otra persona que determine el juez, por cualquier medio de comunicación o informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, hasta por diez (10) años.

Artículo 17. Restricción geográfica de la libertad. La restricción geográfica de la libertad impide al penado salir de la región geográfica que establezca el juez, sin previa autorización judicial, hasta por diez (10) años.

Artículo 18. Derogación de disposiciones contrarias. Deróganse, para efectos de la presente ley, todas las disposiciones que le resulten contrarias.

Artículo 19. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Carta de Tom Lantos invitando a sus colegas a firmar su mensaje dirigido al presidente Uribe Vélez

Dear Colleague,

I would like to invite you to join me in signing this letter to the President of Colombia, Álvaro Uribe. While there are diverse perspectives on the extensive U.S. assistance program to Colombia, which are not the subject of this letter, the Congress and successive U.S. administrations have been united in asserting that a guiding purpose of U.S. assistance to Colombia is to strengthen that country’s democracy and respect for human rights. The attached letter expresses appreciation for the difficult security situation in Colombia and suggests some specific recommendations for strengthening democratic institutions and respect for human rights.

Recent reports by the State Department and the Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights identify persistent, serious human rights issues. The State Department’s report for 2002 asserts that the Colombian government’s “human rights record remained poor.” The UN High Commissioner in his February 2003 report on the human rights situation in Colombia found an increase in direct human rights violations by government security forces. Both reports singled out ongoing army collaboration with illegal paramilitary forces, such as the United Self-Defense Forces of Colombia (AUC), as a primary area of concern. As you know, the AUC is listed as a Foreign Terrorist Organization by the State Department. The principal intent of this letter is to urge President Uribe to sever all links, including at the tactical field level, with the paramilitaries.

Reflexiones

Rafael Núñez (1825–1894)

Bogotá, 15 de octubre de 1884

Hace pocos días que, a tiempo que meditábamos tristemente acerca de la penosa situación política –cada día más grave– en que nuestro país se en­cuentra, llegó a nuestras manos un libro reciente, es­crito por un autor libérrimo, y en él encontramos, des­de la primera ojeada, las líneas siguientes:

“Por malo que un Gobierno sea, hay una cosa peor aún, y es la supresión de todo gobierno; porque, gracias a los gobiernos, las voluntades humanas viven en algún concierto, en lugar de vivir en desorden. El Gobierno es para la socie­dad semejante a lo que el cerebro para las criaturas, y si con frecuencia se le encuentra incapaz, inconsiderado, pródigo, absorbente, abusivo y aun dañino para con el cuerpo que debe cuidar y dirigir, su obra, en definitiva, es más benéfica que mala, porque por su influencia solamente, el cuerpo se sostiene en pie, y marcha y coordina sus movimientos. No hay, sin él, que esperar acción reflexiva, ordenada, que sea útil al ani­mal entero. Sólo él tiene la visión del conjunto, el conoci­miento de los miembros y de su mecanismo, la noción de las exterioridades, la comprensión exacta y completa, la previsión extensa; en suma, la razón superior que concibe el interés común y combina los medios adecuados. Si desfallece y deja de ser obedecido; si es ajado y falseado de fuera por una pre­sión brutal, la razón cesa de conducir los asuntos públicos, y la organización social retrocede muchos grados. Por la diso­lución de la sociedad y por el aislamiento de los individuos, cada hombre vuelve a su debilidad original, y el poder entero cae en manos de las agrupaciones transitorias que, como tor­bellino, se levantan del seno de la polvareda humana. Este poder, que con tanta dificultad es ejercido por los hombres de mayores aptitudes, se comprende cuán lastimosamente ha­brán de desempeñarlo fracciones improvisadas”.

Síntomas variados indican que estas apreciaciones de M. Taine podrán ser aplicadas a Colombia dentro de poco tiempo, si todos los grupos políticos que se agitan en la superficie social no se esfuerzan en convertirse en verdaderos partidos para trabajar luego con método, perseverancia, energía y patriotismo en la reorganización constitucional del país. La época del jacobinismo y de las generosas quimeras ha pasado, y en el propósito de contener el pavoroso torrente de anarquía que nos invade, y hacer imposible el naufragio final de nuestras libres instituciones, no juzgamos difícil que muchas de las actuales agrupaciones discordantes se resuelvan a unirse –siquiera transitoriamente– en beneficio de tantos intereses comunes que no pueden ni desarrollarse, ni aun vivir automáticamente a la sombra malsana de continuado desorden. Las dictaduras que sobrevienen después de incurable anarquía, son natural producto de esta, como lo son los hongos de los carcomidos árboles, y de ninguna manera resultan de combinaciones artificiales. Tan cierto es esto, que ellas son ejercidas con frecuencia por individualidades que eran casi anónimas poco antes de su aparición formal en el revuelto escenario, donde alcanzan luego decisiva preponderancia, ¿Quién era Napoleón cuando comenzaron los famosos discursos de Mirabeau? ¿Quién era Cromwell cuando fue ejecutado el Primer Ministro de Carlos I? ¿Quien era Augusto cuando los conspiradores romanos hundieron el puñal en el corazón de César? Respecto de la generalidad de los dictadores de Hispanoamérica puede hacerse idéntica pregunta. Rosas y Carrera eran individualidades enteramente comunes pocos años antes de su advenimiento al poder absoluto, que con tanta fiereza hicieron pesar sobre los pueblos durante un prolongado período.

Importa, pues, sobremanera que todos los que no tenemos vocación de amos ni de siervos, procuremos establecer algún concierto para impedir el decisivo desborde de la cenagosa irrupción que se siente ya vecina. Los vándalos no están lejos de nosotros, ni fuera de nosotros, sino en nuestra propia ceguedad, o en nuestra culpable negligencia. No es el momento de disputar tontamente sobre frases, ni de recordar pasados errores en forma de recriminaciones. Todos tenemos numerosas faltas apuntadas en el tablero de la Historia. Ni crean los enfermos de ambición imposi­ble, que tienen herencia en perspectiva, porque donde ya no hay patrimonio tampoco hay heredero. De las ruinas no pueden ser usufructuarios sino pájaros de siniestro canto, o repugnantes y venenosos reptiles.

Comencemos por darnos clara cuenta de lo que ocurre; desprendámonos del odio y la codicia que co­rroen nuestras almas y esterilizan nuestra voluntad, y volveremos a adquirir la perdida luz del criterio, sin la cual quedaríamos sepultados en el dédalo que nos ahoga con impenetrables sombras. Dominemos nuestra impaciencia; no pretendamos que el desconcierto pro­ducido por la lenta acción de años de error o de des­gracia, venga a tener remedio efectivo en unos pocos días. Las turbaciones del orden público que rápida­mente se suceden a semejanza de las olas del mar, no provienen ya de causas próximas, ni se extirpan a fuego y sangre. Son más bien que obra deletérea y cons­ciente de determinados espíritus, manifestaciones de un fermento íntimo como el que ocasionó el tremendo cataclismo de Cúcuta y el del archipiélago de la Son­da. Hay incendios que se apagan con un poco de agua; pero hay otros que el agua fomenta en vez de extin­guir. Ninguna renovación fundamental puede ser rea­lizada como se realizan los trabajos mecánicos, y de ordinario acontece que los peores elementos pueden contribuir a ella con grande eficacia. Ante todo debe hacerse una predicación persistente, encaminada a coadyuvar en la superficie la labor providencial que se oculta en el invisible fondo de las cosas, y que no todos alcanzan a presentir siquiera. “Para que la re­forma del servicio público (especie de regeneración) pueda efectuarse –decía un periódico americano du­rante la Presidencia de M. Hayes– es indispensable que la necesidad de esa reforma cale profundamente en la conciencia del pueblo de los Estados Unidos.” Nuestras instituciones mismas dan pábulo y amparo al espíritu de rebelión, puesto que, según ellas, no pue­de hacerse guerra a los Estados sino después de ago­tados todos los medios de conciliación. El hecho constante y evidente es que entre nosotros la rebelión no se castiga judicialmente. La pena del rebelde es la que él mismo se impone colocándose en la posibilidad de recibir la muerte, o de ser mutilado en los campos de batalla, o de perder sus bienes en la hora inevitable de las depredaciones recíprocas.

A esa pena se agrega la de la derrota, que no solo hiere profundamente su amor propio, sino que infiere directo perjuicio a la causa política de que se hizo campeón armado. Después de 1854, efectivamente no recordamos que se haya enjuiciado a nadie en Colombia por el delito de rebelión. Y antes de esa fecha, los que lo fueron, si escaparon con vida, en el momento forzoso de la reacción hallaron en la pena sufrida mérito especial para obtener honores y recompensas. Por último, la Constitución de Rionegro faculta dar término a las guerras domésticas por medio de convenios en que tiene el Gobierno que figurar al lado de sus enemigos armados, como si se tratara de dos potencias soberanas.

Las censuras que algunos periódicos han hecho por la manera con que el Gobierno Nacional ha puesto fin a la guerra de Cundinamarca, no tienen pues, fundamento. Algunos de ellos aplaudieron lo que se hizo en Santander –que fue mucho más todavía en obsequio de los insurrectos– y faltan a la lógica cuando encuentran tan malo el que se hayan limitado los jefes nacionales a desarmar, sin efusión de sangre, a los que alzaron bandera de rebelión contra el Gobierno del señor General Aldana. Si al desarme precedieron convenios, esta circunstancia, que facilitó la economía de existencias, nada objetable puede implicar en presencia de nuestras tradicionales costumbres y de la letra de la Constitución misma. Lo cierto es que unaguerra que pudo ser larga, se ha vuelto corta, y que la chispa quedó apagada antes de que pudiera hacer peligroso camino hacia otros Estados.

Los guerrilleros de Cundinamarca se excedieron en Guaduas, pero no todos; y en estas materias, dominados por la pasión, es difícil, por otra parte, aplicar a los hechos un criterio atinado. La guerra es la bar­barie, y por eso hay que impedirla a todo trance. To­dos los bandos cometen abusos cuando ciegos de có­lera se lanzan como chacales a dar muerte colectiva a sus adversarios; y solo Dios puede señalar, después de la victoria, los que solo merecen el estigma de ase­sinos, y los que sí tienen derecho a ser llamados caba­lleros.

Incansables hemos sido, y seremos, en predicar la necesidad urgente de que entremos en nueva vida po­lítica. Los males orgánicos no se curan con remedios superficiales y pasajeros. Es preciso dirigirse a la fuente misma de donde proceden. Cuando la toma de la Bastilla, el Rey creyó que aquello no era más que un motín. “Sire, le dijo un cortesano de talento, eso no es un motín, sino una revolución”. Y las revolu­ciones, como las desorganizaciones, no se detienen ni se neutralizan siquiera, por mucho tiempo, con simples medidas de represión.

Discurso de Catón en el Senado abogando por medidas de rigor contra Catilina y sus cómplices

Marco Porcio Catón

Muy de otro modo pienso yo, padres convocados, cuando con­sidero nuestra situación y los peligros que nos cercan, y espe­cialmente cuando reflexiono los votos que acabo de oír a algu­nos. Éstos, a mi entender, no han tratado sino del castigo de los que han intentado la guerra contra su patria, sus padres, sus altares, y sus hogares; pero el caso, más que consultas sobre la pena de los reos, pide que pensemos en el modo de precavernos de ellos. Porque otros delitos no se castigan hasta después de ejecutados; éste, si no se ataja en los principios, una vez que suceda, no hay a donde apelar; perdida la ciudad, ningún recurso queda a los vencidos. Pero, por los dioses inmortales, con ustedes hablo que han siempre tenido en más que a la República, sus casas, heredades, estatuas y pinturas; si las queremos man­tener, tales cuales son, estas cosas, a que tan asidos somos; si que­remos gozar tranquilamente de sus deleites, despertemos de una vez y atendamos a la defensa de la República. No se trata por cierto ahora de tributos, ni de vengar injurias hechas a nuestros confederados; se trata de nuestra libertad y nuestra vida, que están a punto de perderse. Muchas veces, padres, he hablado y largamente en este sitio, muchas he declamado contra el lujo y la avaricia de nuestros ciudadanos, con lo que me he granjeado hartos desafectos. Como ni a mí mismo me hubiera yo perdonado, en caso de haber cometido o intentado algún exceso, tampoco me acomodaba fácilmente a disculpar los ajenos, atribuyéndolos a la ligereza de sus autores. Y aunque ustedes ningún o poco caso hacían de mis palabras, la República se mantenía firme, su opulencia sobrellevaba este descuido. Pero hoy no se trata de reforma de costumbres, ni de los límites o de la magnificencia del imperio romano; sino, si todas estas cosas, sean en nuestro aprecio cuales fueren, han de permanecer nuestras o pasar, juntamente con nosotros, a poder de los ene­migos. ¿Y hay, a vista de esto, quien tenga aliento para tomar en boca la mansedumbre y la piedad? Hace mucho que se han perdido en Roma los verdaderos nombres de las cosas, porque el derramar lo ajeno se llama liberalidad, el arrojarse a insultos y maldades, fortaleza: a tal extremo ha llegado la República. Sean, pues, enhorabuena liberales (ya que así lo llevan las cos­tumbres) con la hacienda de los confederados, no con nuestra sangre. Sean piadosos con los ladrones del erario, pero por salvar la vida a cuatro malhechores no quieran arruinar al resto de los buenos. Poco antes Cayo César habló en este lugar con gran delicadeza y artificio de la vida y de la muerte, teniendo, a lo que parece, por falso lo que nos cuentan del infierno; es, a saber, que los malos, y por diferente rumbo que los buenos, son destina­dos a unos lugares tristes, incultos, horribles y espantosos; y conforme a esto concluyó diciendo, que se les confisquen las haciendas y sus personas se repartan por las cárceles de los muni­cipios, no sea que si quedan en Roma los cómplices de la conjuración, el populacho, ganado por dinero, los saque por fuerza de la prisión, como si sólo hubiese gente malvada en Roma y no sucediera lo mismo en toda Italia; o no fuese más de temer una violencia donde hay menores fuerzas para oponerse a ella. Por cuya razón es poco sano este consejo, si César recela algo de parte de los conjurados; pero si sólo él deja de temer, cuando están todos tan poseídos del terror, tanto más conviene que yo tema; y no sólo por mí, sino también por ustedes. Tengan, pues, por cierto que lo que resuelvan contra Publio Léntulo y los demás reos, lo resuelven al mismo tiempo contra el ejército entero de Catilina y contra los conjurados; que cuanto con más calor y aplicación tratemos este negocio, tanto más decaerán ellos de ánimo, y que por poco que vean que aflojamos, nos insultarán con más orgullo. No juzguemos que nuestros mayores engrandecieron con las armas su pequeña República. Si fuese así, mucho más flore­ciente estuviera ahora, que tenemos más ciudadanos y aliados, y además de esto más acopio de armas y caballos del que tuvieron ellos. Otras cosas los hicieron grandes de las que nosotros entera­mente carecemos: es, a saber, en la paz la aplicación a los ne­gocios, en tiempo de guerra el gobierno templado y justo, la libertad en dar dictámenes sin miedo ni pasión. En lugar de esto reina entre nosotros el lujo y la avaricia, el pueblo está exhausto, los particulares opulentos; queremos ser ricos y huimos el tra­bajo; no hay diferencia del bueno al malo; la ambición se lleva los premios debidos a la virtud. Ni puede ser otra cosa, puesto que en nuestras resoluciones nadie mira sino por sí mismo; que en nuestras casas servimos a los deleites y placeres, aquí a nuestra co­dicia o al favor. De donde nace, que desamparada la República, la invade cualquiera a su antojo. Pero dejemos esto. Cons­piraron unos ciudadanos principalísimos para destruir la patria; llamaron por auxiliares a los galos, mortales enemigos del nom­bre romano; tenemos a su caudillo con un ejército sobre nos­otros, y aun ahora estamos sin resolvernos, dudando qué hacer de los enemigos cogidos dentro de nuestras murallas. Digo que tengamos piedad de ellos, porque son unos jóvenes que no tienen más delito que dejarse llevar de la ambición, y aun añado que los dejemos ir armados. Yo sé que esta intempestiva mansedumbre y piedad, al otro día cuando tomen las armas, se convertirán en nuestra ruina. A la verdad, el apuro es grande, bien lo conocen, pero fingimos no tener miedo. Sí, tememos, y mucho; mas por nuestra inacción y flojedad, esperando el uno al otro, tardamos en resolverlo, confiamos, a lo que parece, en los dioses inmortales, que en otras ocasiones libraron a esta República de grandísimos peligros. Tengamos, pues, entendido que no se logra el favor de los dioses con votos ni plegarias de mujeres; que cuando se vela, se trabaja y consulta desapasionadamente, todo sale bien; pero si nos abandonamos a la pereza y desidia, es ocioso clamar a los dioses: nos son entonces adversos y contrarios. En tiempo de nuestros mayores, Aulo Manlio Torcuato, en la guerra que tu­vimos con los galos, mandó matar a un hijo suyo por haberse combatido con su enemigo contra la orden que se le había dado; y así aquel mancebo ilustre pagó con su cabeza la pena de su valor mal contenido: ¿y ustedes se detienen en resolver contra unos cruelísimos parricidas? Hacen bien, que el resto de su vida disculpe esta maldad. Tengan, tengan, pues, miramiento a la dig­nidad de Léntulo, si la hubiese él jamás tenido, a su honestidad, a su crédito, a los dioses o a los hombres. Perdonad a los pocos años de Cethego, si fuese ésta la vez primera que hace guerra a su patria. Y ¿qué decir de Gabinio, Statilio y Cepario?, los cuales, si hubiesen alguna vez mirado a su deber, seguramente no hu­bieran pensado como pensaron contra la República. En conclu­sión, padres convocados, si un delito pudiera permitirse, les juro que dejaría de buena gana que se escarmentase la experiencia, puesto que no escuchan ustedes mis palabras. Pero nos hallamos sitiados por todas partes. Catilina por un lado nos estrecha con su ejército, dentro de la ciudad y en su mismo seno se abrigan otros enemigos; ni resolverse nada, ni prevenirse se puede sin que ellos no lo sepan, por lo que importa más la brevedad. Y así mi sentir es, que habiendo la República llegado a un pe­ligro extremo, por la traición de estos malvados ciudadanos, los cuales por las deposiciones de Tito Volturcio y de los legados de los alóbroges se hallan convictos y confesos de haber maquinado incendios, muertes y otras enormes crueldades contra sus conciudadanos y la patria, se les imponga el último suplicio, según la costumbre de nuestros mayores, como a notorios reos de delitos capitales.

Rudolf Bahro (1935 – 1997): Un tributo

“Creo que la crisis ecológica traerá el fin del capitalismo”
“Cuando las formas de una cultura vieja van muriendo, la nueva cultura es creada por las pocas personas que no le temen a la inseguridad”

David Orton

Rudolf Bahro, filósofo y activista Verde alemán, falleció de cáncer en un hospital de Berlín el viernes 5 de diciembre. Fue sepultado el viernes 13 de diciembre. Los reportes periodísticos dicen que unas 200 personas asistieron a la oración funebre. Me enojó y apenó mucho saber de su muerte. Desde que supe de ella, he estado pensando sobre la importancia de la obra de Bahro para la ecología radical, su contribución al movimiento Verde, y he estado releyendo partes de sus libros.

Personalmente, su pensamiento y la evolución de sus trepidantes ideas me inspiraron, me influenciaron y me fortalecieron. Él exploraba con una despiadada honestidad las contradicciones reales de la persona con ideas de izquierda que se volvía Verde. Para Bahro, la clase obrera junto con la burguesía son partes intrínsecas del sistema industrial: “En el caso del capitalismo los obreros son partes del carrusel de la formación capitalista”. Los sindicatos pertenecen a las fuerzas societarias más conservadoras y se oponen a la trasformación de la sociedad.

Los escritos de Bahro me dieron el coraje para decir las cosas que yo pensaba y necesitaba pronunciar, pero que sabía no iban a ser bien recibidas. Bahro se oponía a ese reformismo que aparece como una actividad opositora, pero que prolonga la vida ilusoria de la sociedad industrial.

Bahro, miembro fundador de Los Verdes (Die Grunen) de Alemania occidental, fue elegido en 1980 para el Parlamento Federal. Para él, la política Verde consistía en capturar la conciencia de la gente, no en acumular votos. Hacia 1985 había renunciado al partido. Su testimonio de renuncia resaltaba que los Verdes no querían salir del sistema industrial: “En vez de expandir la conciencia la están oscureciendo a lo largo de toda la línea”. Bahro repudiaba particularmente la continua justificación de la experimentación con animales sustentada por el partido Verde.

Para Bahro, las naciones industrializadas debían reducir su impacto sobre la Tierra a un décimo de lo que ocurría. El “desarrollo” estaba acabado. Como Arne Naess, filósofo noruego de la ecología profunda, Bahro tenía una visión biocéntrica y no antropocéntrica. A diferencia de Naess, Bahro estaba inserto en la cultura de la izquierda.

Bahro despertó a la conciencia crítica en la ex República Democrática Alemana, o Alemania oriental. Allí, un partido comunista marxista era la premisa asumida como perspectiva oficial. Bahro mismo se afilió al partido a los 17 años. Tras la invasión de 1968 a Checoslovaquia canceló su identificación con el régimen oficial. Fue encarcelado por escribir su primera obra magna, ‘La Alternativa en Europa Oriental’, publicada en Alemania occidental. Fue deportado de la RDA en 1979 tras pasar dos años en prisión.

Evolucionó intelectualmente desde el comunismo/marxismo crítico hacia el ecosocialismo, a ser portavoz del partido Los Verdes y finalmente al fundamentalismo del movimiento Verde y una preocupación por la trasformación espiritual personal. En esta senda, demolió las ortodoxias de la izquierda, del partido verde y de la burguesía. Hizo que muchos de sus seguidores se sintieran incómodos cuando exploró los lazos entre la política ambiental y la transformación espiritual. Los humanos, pensaba, necesitan mirar hacia adentro a fin de encontrar la fortaleza para interrumpir el curso mortal de la sociedad industrial. Bahro buscaba establecer zonas comunales liberadas dentro de la sociedad industrializada que pudieran proveer “seguridad institucional para la experiencia del ser profundo”. Fue también deliberadamente malentendido y calumniado. Quienes disienten radicalmente jamás son amados. No hay casilleros en los que puedan calzar. Se dijo que Bahro aún estaba sentado en el tren entre el oriente y el occidente. Desde 1990 tenía un puesto marginal de enseñanza como profesor de ecología social, en la universidad Humboldt de Berlín Este. Bahro me envió una carta fechada diciembre 20 de 1995, diciendo que estaba de acuerdo “con los puntos esenciales” de la filosofía del biocentrismo de izquierda, orientación de la Green Web (Trama Verde).

Su cuerpo físico ya no está, si bien sus ideas permanecen. Sus libros evidencian sus ideas sobre la necesaria nueva coalición de fuerzas sociales para un nuevo marco mundial.

Los siguientes libros existen en inglés:

  • ‘The Alternative in Eastern Europe’, 1977. Bahro llamaba a este libro “Una contribución a la crítica del socialismo actualmente existente” desde una postura revolucionaria.
  • ‘Socialism and Survival’, 1982.
  • ‘From Red to Green’, 1984. Recomendado particularmente.
  • ‘Building the Green Movement’, 1986.
  • ‘Avoiding Social & Ecological Disaster: The Politics of World Transformation’, subtitulado “Indagación de los Fundamentos de la Política Espiritual y Ecológica”, 1987 (en alemán) y 1994 (en inglés). 

David Orton – Diciembre 14 de 1997

 

 

 

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Hábitos de lectura, asistencia a bibliotecas y consumo de libros en Colombia

El 31 de octubre de 2005 se suscribió el convenio No. 307 de 2005 entre el DANE y el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educación, El Instituto Distrital de Cultura y Turismo, la Cámara Colombiana del Libro y Fundalectura con el apoyo del Centro Regional para el Fomento del libro en América del Latina y el Caribe-CERLALC. El objeto del contrato fue la aplicación por parte del DANE de un Módulo sobre Hábitos de lectura y consumo de libros en el cuarto trimestre de 2005 de la Encuesta Continua de Hogares.

¿Cuáles fueron los objetivos generales del Convenio?

  • Cuantificar la lectura de libros en los hogares colombianos
  • Conocer el comportamiento de los lectores
  • Conocer el estado del uso de los servicios de Internet
  • Explorar la demanda y acceso al servicio de bibliotecas así como la utilización de los servicios de préstamo domiciliario
  • Obtener indicadores de hábitos de lectura
  • Evaluar los gastos en libros dentro de los hogares colombianos

Algunos conceptos básicos

Hábito de lectura: Es una práctica adquirida por repetición, marcada por tendencias y que forma costumbres o prácticas frecuentes de lectura. A través de los actos habituales de lectura se pueden identificar frecuencias, intensidades, modos, lugares, etc.

Lectura: Para el propósito metodológico del estudio se delimitó la lectura como el acto de leer textos escritos.

Práctica de lectura: es la serie de manifestaciones concretas del comportamiento del lector.

¿A quién fue aplicada la encuesta?

La población objetivo para el Módulo Hábitos de lectura fueron las personas con 12 años y más en las zonas urbanas y el área rural que, en el total nacional, corresponden a cerca de 33 millones 851 mil personas (75,5% de la población total del país).

En el área urbana la población de 12 años y más fue de 25 millones 387 mil personas (75% del total de personas encuestadas).

En la zona rural la población de 12 años y más fue de 8 millones 464 mil personas (25% del total de personas encuestadas).

Las novedades de la encuesta 2005

Por primera vez, se indagó acerca del comportamiento deniños desde los cinco años de edad en adelante, lo que permitió obtener resultados sobre la lectura en el hogar y sobre las prácticas de lectura que los colombianos realizan con sus hijos.

En el ámbito urbano, la encuesta de 2000 abarcó once ciudades (Bogotá, Barranquilla, Medellín, Cali, Bucaramanga, Manizales, Pasto, Pereira, Cúcuta, Ibagué y Montería). Para el 2005, se incluyeron dos ciudades más: Villavicencio y Cartagena.

Se incluyó la población rural del país. En el año 2000 la encuesta solo fue aplicada en las once ciudades arriba mencionadas, mientras que para el 2005, se cubrieron cabeceras municipales con lo que se abarcó una población más amplia, de casi 34 millones de personas.

 ¿Qué puede encontrarse en el libro?

Al estar escrito por capítulos y por diferentes autores, el libro contiene amplia información sobre las cifras de la lectura en Colombia, dispuesta de la siguiente manera:

  • La comparación sistemática entre la encuesta sobre hábitos de lectura realizada en 2000 y la encuesta sobre el mismo tema realizada en 2005
  • La lectura en Internet, periódicos y revistas en Colombia
  • Información sobre asistencia a bibliotecas en el país
  • Información sobre la lectura en el ámbito escolar
  • Un informe generalizado sobre los hábitos de lectura y el consumo de libros en el país
  • Un informe sobre los hábitos y la práctica de la lectura de libros en las principales ciudades del país
  • Información sobre el estado de la lectura en niños entre cinco y once años de edad
  • Información sobre la lectura y la situación de las bibliotecas en Bogotá
  • Un informe sobre el impacto del Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas en el número de libros leídos por los colombianos
  • Una mirada a las cifras de lectura en Colombia en comparación con otros países

Algunos datos relevantes extractados del libro

Las mujeres leen más libros que los hombres: 56,5% frente a 43,5%.

El 37% de las personas encuestadas respondieron que leen libros.

El 21% de las personas encuestadas respondieron que leen revistas.

El 24 % de las personas encuestadas respondieron que leen periódicos.

La proporción de personas encuestadas que afirma leer revistas pasó de 26,2% en el año 2000 a 27,2% en 2005.

La proporción de personas encuestadas que afirma leer periódicos pasó de 31,2% en el año 2000 a 32% en 2005.

Aumentó la proporción de personas encuestadas que afirma leer en Internet (de 4,9% en el año 2000 a 11,9% en 2005).

El número promediode libros leídos por los colombianos se redujo en un 25%. Entre la población que afirmó leer habitualmente, el número de libros por año pasó de 6 en el año 2000 a 4,5 en el 2005.

Para toda la población en edad de trabajar (PET), en las once ciudades comparables entre los años 2000 y 2005, esa cifra pasó de 2,4 libros leídos por año a 1,6.

El tiempo dedicado a la lectura por gusto o entretenimiento cayó 9 minutos entre 2000 y 2005. Es decir, de 43 a 32 minutos en promedio cada día.

¿Con qué fin compran libros los colombianos?

Los resultados de la encuesta revelaron que 23 de cada 100 personas mayores de 12 años compraron al menos un libro en el último año (2005).

Bogotá es la ciudad donde los lectores habituales compran más libros, con 5,3 libros en promedio por lector.

El 28% de las personas que compraron libros en Bogotá durante el último año anterior a la encuesta lo hizo en librerías. El gasto promedio en libros fue de 8.000 anuales (superior a la cifra de 2000, que fue de 0.000).

En Bogotá, los principales motivos para comprar libros tuvieron que ver con requisitos escolares y universitarios (35%) y la necesidad de adquirir conocimientos (30,8%). Sólo un 16,6% mencionó la lectura por entretenimiento como una razón para comprar libros.

En cuanto a los libros comprados por familia, Montería, Bogotá, Pasto y Cali, cuentan con los índices más altos.

En 2005, los principales dos motivos para comprar libros fueron:

Para atender requerimientos escolares y/o universitarios, con una frecuencia de respuesta de 37,4% de los encuestados que afirmaron leer habitualmente en el país.

Para adquirir conocimientos, con una frecuencia de respuesta de 32,9% de los encuestados que afirmaron leer habitualmente en el país.

En tercer lugar aparece la lectura por entretenimiento o gusto con una frecuencia de respuesta de 16,2% de los encuestados que afirmaron leer habitualmente.

La lectura en Internet

Entre 2000 y 2005, la lectura habitual en Internet creció en un 144% entre todos los encuestados y creció en un 152% entre la población lectora (se tomaron en cuenta las 11 ciudades comparables): Bogotá, Barranquilla, Medellín, Cali, Bucaramanga, Manizales, Pasto, Pereira, Cúcuta, Ibagué y Montería.

Con respecto a la población mayor de 12 años, la proporción de lectores habituales de libros disminuyó 7,6 puntos porcentuales entre 2000 y 2005 (al pasar de 48,3% a 40,7%), mientras que el porcentaje de lectores habituales de Internet creció 7 puntos porcentuales (pasó de 4,9% a 11,9%).

En 2005, los colombianos dedicaron, en promedio al día, 3,5 horas a la lectura en Internet.

En 2005, los colombianos dedicaron, en promedio al día, 32 minutos a la lectura de libros por gusto o entretenimiento.

Los jóvenes leen en Internet para estudiar, conversar (“chat”) y para entretenerse. Al aumentar la edad se cambian los objetivos de la lectura en Internet: las personas entre 25 y 55 años lo hacen para obtener información relacionada con su trabajo (80% de los encuestados que afirman leer habitualmente por este medio) y para actualizarse (56,5%).

Cuando se cruzan los motivos de la lectura en Internet con los “lugares” donde se realiza aparece en primer lugar de importancia “el hogar” con 53%, seguido por el “café Internet” (43%), el lugar de estudio (21%), el sitio de trabajo (18%) y la casa de familiares y amigos (9%).

Medellín es la ciudad donde las personas dedican más tiempo a la lectura en Internet: con un promedio de 4,49 horas de lectura de lunes a viernes. En las otras doce ciudades encuestadas ese promedio es de 2,53 horas de lectura de lunes a viernes.

Lectura de revistas, periódicos y otros materiales impresos

La comparación entre las cifras de 2000 y de 2005 concluye que la lectura de revistas y periódicos se mantuvo casi inmóvil en sus índices.

El 73% de los colombianos no lee revistas, el 68,5% no lee periódicos y el 59% no lee libros.

Los hombres leen más periódicos que las mujeres (53,3% frente a 46,5%).

Las mujeres leen más revistas que los hombres: 59,9% frente a 40,1%.

En el área rural, la participación de los hombres en la lectura de periódicos es de 56,8% con respecto al 43,2% de las mujeres.

El 21,2% del total de la población estudiantil lee revistas y el 18,1% lee diarios o periódicos.

El 22,1% de los encuestados que afirmaron leer habitualmente en Internet lee periódicos.

El 17,9% de los encuestados que afirmaron leer habitualmente en Internet lee revistas.

Asistencia y uso de los servicios de las bibliotecas

En el consolidado de las 13 áreas metropolitanas que fueron cubiertas por la encuesta, el 19,6% de los encuestados asistió a bibliotecas.

En las zonas rurales, el 10% de los encuestados asistió a bibliotecas.

Pasto, Montería y Medellín son las ciudades con una mayor asistencia a bibliotecas (alrededor del 23% de los mayores de 12 años y cerca de la mitad entre los lectores efectivos de libros).

Las bibliotecas más visitadas del país son las públicas (44% de los encuestados). Los mayores niveles de asistencia están en: Bogotá, Cali, Ibagué, Medellín y Villavicencio.

Las bibliotecas escolares tienen mayor proporción de usuarios en las tres ciudades de la Costa Atlántica incluidas en la encuesta (Barranquilla, Cartagena y Montería).

¿Cómo son los lectores de las ciudades de Colombia?

Aunque el estrato que predomina entre los lectores es el 3, y la actividad principal es el trabajo, hay una mayor propensión a la lectura por parte de las personas que pertenecen al estrato 6 y de la población cuya actividad principal es el estudio.

Los lectores más jóvenes son los de Cartagena y Cúcuta (28 años en promedio) y los de mayor edad (34 años en promedio) son los de Cali.

Quienes leyeron una mayor cantidad de libros (5,5 libros en promedio por lector) están en Cartagena y los que menos leyeron (3,2 libros por lector) están en Barranquilla.

La lectura más frecuente entre quienes leyeron libros en el último año (en las 13 ciudades encuestadas) es la literatura (35% de los casos).

En esas mismas ciudades, en el grupo de personas de 18 a 24 años es más frecuente la lectura de libros de estudio. La excepción es Bogotá, donde es más usual la lectura de literatura, más por gusto o por entretenimiento que por exigencia académica.

Entre las personas de 25 a 55 años de Cali, Cartagena, Ibagué, Montería, Pasto y Villavicencio lo que más se lee es literatura científica o técnica. En el resto de las ciudades, predomina la literatura.

Las personas mayores de 55 años de la Costa Atlántica, Bucaramanga, Cali, Pereira y Villavicencio leen con más regularidad libros religiosos, por oposición a las demás ciudades donde la literatura vuelve a ser más frecuente.

La lectura de los niños de 5 a 11 años

El 38% de los hogares colombianos tienen niños entre 5 y 11 años. Esto quiere decir que hay 4.335.728 hogares con niños de estas edades en el país.

En el 40% de esos hogares no se lee con los niños de forma compartida.

Según los resultados de la encuesta, al 63% de los niños del país les gusta que les lean.

El 61,3% de ellos prefieren que quien les lea sea la madre. Al padre lo prefieren en el 12,6% de los casos, mientras que el 12,3% de los niños prefiere a otros familiares. Los maestros son preferidos en el 9,1% de los casos a nivel nacional.

En las zonas rurales el 16% de los niños prefieren que quien les lea sea el maestro.

En el 50% de los hogares con niños donde nunca se lee, no hay libros, o declaran tener cinco libros o menos.

En el 41% de los hogares encuestados (2.737.261) los niños no tienen libros o tienen máximo cinco libros, lo que contrasta con la preferencia del lugar de lectura, que en el 90% de los niños encuestados es el hogar.

El 90% de los niños encuestados prefieren como lugar de lectura el hogar. 

Ley 931 de 2004 – Discriminación por edad en el trabajo

LEY 931 DE 2004

(diciembre 30)

por el cual se dictan normas sobre el derecho al trabajo en condiciones de igualdad en razón de la edad

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Artículo 1º. Objetivo. La presente Ley tiene por objeto la protección especial por parte del Estado de los derechos que tienen los ciudadanos a ser tratados en condiciones de igualdad, sin que puedan ser discriminados en razón de su edad para acceder al trabajo.

Artículo 2º. Ninguna persona natural o jurídica, de derecho público o privado, podrá exigir a los aspirantes a ocupar un cargo o ejercer un trabajo, cumplir con un rango de edad determinado para ser tenido en cuenta en la decisión que defina la aprobación de su aspiración laboral.

Artículo 3º. Razones de equidad. A partir de la vigencia de la presente Ley, los reglamentos que contemplen restricciones de edad para acceder a un cargo o empleo o un trabajo deberán ser modificados, con el propósito de eliminar esta o cualquier otra limitante que no garantice condiciones de equidad, razones que deberán ser promovidas entre los trabajadores. De igual forma, las convocatorias públicas o privadas no podrán contemplar limitantes de edad, sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión u opinión política o filosófica.

Artículo 4º. Sanciones. Corresponde al Ministerio de Protección Social ejercer la vigilancia y sancionar a quienes violen las presentes disposiciones, con multas sucesivas equivalentes a cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes, a través de la jurisdicción laboral y mediante procesos sumarios, con las garantías de la Ley.

Artículo 5º. Destinación de Multas. Las multas que la autoridad imponga, serán fuentes de recursos del Fondo Especial de Protección Social, de que se trata el Decreto 205 de 2003, con destinación a campañas de divulgación de los derechos de los trabajadores.

Artículo 6º. Vigencia. La presente Ley rige a partir de su promulgación.

FIRMAS

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
LUIS HUMBERTO GÓMEZ GALLO

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD

LA PRESIDENTA DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
ZULEMA JATTIN CORRALES

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
ANGELINO LIZCANO RIVERA

REPÚBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DADA EN BOGOTÁ, D.C., A LOS 30 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2004

FIRMAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ÁLVARO URIBE VÉLEZ

EL MINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL
DIEGO PALACIO BETANCOURT

La tragedia de la Gabarra

Francisco Cifuentes

La muerte en estado de indefensión de treinta y tantos colombianos en un solo sitio y por decisión de un solo responsable, genera dolor y rabia a cualquier ciudadano que crea en su pertenencia a la especie humana. Es un acto bárbaro porque no entra en los límites de lo razonable que se pretenda aniquilar a la población que no está en combate.

No se debe, sin embargo, dejar que la sangre de la rabia nuble la razón y menos la del gobernante. Uribe Vélez ha salido nuevamente en el escenario inapropiado a atacar las ONG y concretamente a Amnistía Internacional en forma directa y pública, porque a las 38 horas del incidente no había hecho público ningún comunicado denunciando la masacre y condenando a las Farc; no hace mucho tiempo en un escenario ese sí correcto –pues era en una plaza donde se había utilizado un caballo como portador de la bomba contra los habitantes que asistían al mercado público– el presidente dijo en su discurso lo mismo por la falta de condenas de las ONG sobre el acto terrorista.

Cuando se enfila el ataque retórico después de una tragedia como las anteriores a terceros que no participaron en ella y que además solo traerían al alivio del dolor una simple declaración de condena hecha de mala gana y sin el corazón, yo prefiero que se limpien el trasero con el papel del documento y gritaría en el discurso, ¡no los necesitamos!; curiosamente y hubiera sido en ese acto en Chita una bellísima oportunidad para que los defensores de los animales hicieran oír su voz, no apareció como telonero del presidente nadie de la Sociedad defensora, ni ninguna academia dedicada al cuidado de animales y no recuerdo haber visto una condena por el uso criminal que se dio al caballo y la crueldad de su muerte. Yo tomé nota de esa omisión, tan grave como la reclamada para las ONG.

El segundo punto visto de obnubilación general está las declaraciones ‘inmenciales’ o por lo menos ‘inmeditadas’ de los comandantes militares que se apresuran a usar el calificativo de “acción demencial” a algo que no lo es, o tildar de “demente” al comandante guerrillero. Él, para mí, es simplemente, un asesino, pero no tiene nada de demente, pues pudo llegar hasta el sitio, armado y con sus hombres, sin ser detectado por las autoridades ni las víctimas y aniquilar a los que le parecieron sus enemigos. La guerra verbal, que es otro escenario válido, requiere precisiones y el calificativo de “demente” a este tipo de personas es un insulto a los internos de los panópticos pues los equipara con alguien que ellos mismos repudian.

El tercer elemento está en notar como las burocracias internacionales aprovechan la situación de dolor de los dirigentes y urgen al mandatario para que se lance a firmar documentos que comprometan más a los ya manitados ciudadanos, como es el caso del vicecónsul de las Naciones Unidas que salió con motivo de la masacre a apremiar al presidente para que levante la salvaguarda que arteramente firmó el presidente anterior a pocos días de entregar del poder, en la que ponía fuera del alcance de la competencia de la Corte Penal Internacional a todos los colombianos responsables de crímenes de guerra por los próximos siete años.

Yo creo que ese acto oficial tenía nombre propio y era una contraprestación que él debía por algún otro favor anterior. Por eso dijo crípticamente “Yo cumplí mi palabra”. Entrar precipitadamente a levantar esta salvaguarda por este motivo no cobijará al responsable del crimen y más aún se tendrá que valorar el acto de bandolerismo en la Gabarra como un acto guerra, lo que también es un insulto a los verdaderos combatientes.

Por último y como una desviación de todo esto, los ‘formadores de opinión’ han salido en muchedumbre a registrar las respuestas del señor Vivanco como la nota más destacada y definitoria del incidente; como si lo que él dijera fuera un paliativo balsámico para las víctimas, un incentivo vital para que los perseguidores de los responsables se hagan más infatigables o más constantes en el empeño de lograr la captura o el abatimiento de los homicidas; o si su condena fuera a llenar de consternación a los responsables.

Estas situaciones de inmenso dolor de especie, deben llevar a los que tienen el poder para actuar, a emplear su mejor inteligencia, a dar lo mejor de sí, a no desfallecer en el empeño de que gracias a ellos se tendrá un desenlace adverso para el culpable, y para convocar al indefenso y acobardado ciudadano a que se enliste, se aglutine y ruja como un león, no con el gol de último minuto que da la clasificación en la eliminatoria, sino con el grito mas fuerte y sobrecogedor de repudio y desafío «tendrán que matarnos a todos» y que los invite a mirar a la cara, a sacudirse el yugo del criminal; para el ‘formador de opinión’ a definirse por el mundo en que quiere vivir y a ser consecuente con su compromiso.

Hoy dormiré en el piso para protestar contra el terror y para sentir algún contacto de humanidad con los caídos tan dolorosamente.

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